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Ayudas Next Generation comunidades: qué sigue vigente en 2026

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Los fondos Next Generation cerraron su plazo general el 30 de junio de 2026. Repasamos qué ayudas quedan vivas para rehabilitar tu edificio: Plan de Vivienda, Cataluña, IRPF e IBI.

Ayudas Next Generation comunidades: qué sigue vigente en 2026

El plazo general de los fondos europeos para rehabilitar edificios ya se ha cerrado, pero eso no significa que el dinero público para mejorar comunidades de propietarios haya desaparecido. Si tu comunidad estaba esperando el momento de lanzarse a una rehabilitación energética o de accesibilidad, conviene actualizar el mapa de ayudas Next Generation comunidades y conocer qué mecanismos siguen activos ahora mismo, tanto a nivel estatal como en Cataluña, además de las deducciones fiscales que no dependen de ninguna convocatoria.

Qué pasó con las ayudas Next Generation el 30 de junio de 2026

El Real Decreto 853/2021 fijaba una fecha límite muy concreta para las actuaciones financiadas con fondos europeos de recuperación. El 30 de junio de 2026 era la fecha límite general para terminar las obras del programa de rehabilitación de edificios financiado con fondos Next Generation: el Real Decreto 853/2021 exigía que las actuaciones estuvieran finalizadas antes de ese día. Sin embargo, no todas las comunidades autónomas aplicaron el mismo calendario: varias comunidades autónomas publicaron prórrogas entre mayo y junio de 2026, por lo que el estado real de tu expediente depende de dónde esté el edificio y de la convocatoria concreta a la que se acogiera.

Para las comunidades que ya tenían obra en marcha, el cierre no significa perder la ayuda concedida: el 60% por rehabilitación energética del edificio, la vía de las comunidades, admite cantidades pagadas hasta el 31 de diciembre de 2027, lo que da cierto margen para justificar gastos ya comprometidos.

El relevo estatal: Plan de Vivienda 2026-2030

Para las comunidades que no llegaron a tiempo o que quieren iniciar ahora el proceso, el Gobierno ha puesto en marcha un nuevo marco normativo. El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (Real Decreto 326/2026) toma el relevo de los fondos Next Generation, dotado con 7.000 millones de euros y ayudas de hasta 22.000 euros por vivienda para rehabilitar edificios. Se trata de el marco estatal de ayudas a la vivienda para el periodo 2026-2030, articulado en tres ejes: más construcción, más rehabilitación y más protección.

Dentro de este plan, la línea que más interesa a administradores de fincas y presidentes de comunidad es la de rehabilitación integral de edificios de viviendas, dirigida como regla general a edificios terminados antes de 2006. Si tu finca cumple ese requisito de antigüedad, merece la pena esperar a la convocatoria autonómica de desarrollo de este plan antes de descartar una rehabilitación por falta de financiación.

Cataluña: prórrogas y dotación propia de la Agència de l'Habitatge

En Cataluña, la gestión de los programas de rehabilitación corresponde a la Agència de l'Habitatge de Catalunya, con un reparto territorial específico según el municipio. Ante la proximidad del cierre general, desde la Generalitat de Catalunya se ha habilitado una prórroga para los programas 1 (barrios) y 3 (edificios) de los fondos Next Generation, y las prórrogas para el programa 1 y para el programa 3 ya se encuentran publicadas en el DOGC.

La magnitud del esfuerzo autonómico es relevante: la Generalitat de Catalunya dispone de una dotación de 480 millones de euros en subvenciones que le permitirán actuar en 65.000 viviendas. Un matiz importante para quienes gestionan el trámite: es imprescindible que los expedientes con actuaciones ya finalizadas aporten el certificado de eficiencia energética final a través del portal de trámites antes del 30 de junio de 2026, por lo que conviene revisar con el técnico redactor que esta documentación esté lista con antelación.

Deducción IRPF: la ayuda que no depende de ninguna convocatoria

Mientras las subvenciones directas tienen fecha de caducidad y presupuesto limitado, la deducción fiscal en el IRPF por obras de eficiencia energética sigue funcionando al margen de las convocatorias autonómicas. La deducción del IRPF por mejora energética sigue viva: hasta el 31 de diciembre de 2026 en sus tramos de vivienda individual y hasta el 31 de diciembre de 2027 en el tramo del 60% para edificios. Esto significa que, aunque tu comunidad no haya conseguido subvención directa, los propietarios pueden desgravarse parte del gasto afrontado en la obra de rehabilitación energética del edificio si se cumplen los requisitos de ahorro energético exigidos y se dispone de los certificados correspondientes antes y después de la actuación.

IBI e ICIO: la bonificación municipal que casi nadie pide

Existe una tercera vía de ahorro que suele pasar desapercibida porque no depende del Estado ni de la comunidad autónoma, sino de cada ayuntamiento. No existe una bonificación IBI estatal: es una decisión de cada ayuntamiento, por lo que el porcentaje y la duración varían mucho según el municipio. Un ejemplo reciente ilustra el recorrido de estas medidas: el Ayuntamiento de Mijas ha aprobado una bonificación del 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles para las viviendas que incorporen sistemas de aprovechamiento de energía solar o aerotermia, una tendencia que se está extendiendo a otros municipios como fórmula para premiar la inversión en eficiencia energética.

Conviene tener claro un detalle de gestión que marca la diferencia entre ahorrar o no: la bonificación no se aplica de oficio, hay que solicitarla en el ayuntamiento dentro del plazo que marque la ordenanza. Lo mismo ocurre con el ICIO, el impuesto que grava la propia obra, que muchos consistorios bonifican cuando la actuación mejora la calificación energética del edificio.

Cómo organizar la comunidad ante este nuevo panorama

Con tantas vías abiertas y plazos distintos, la clave para una comunidad de propietarios es ordenar el proceso antes de empezar:

  • Revisar si el edificio cumple los requisitos de antigüedad y ahorro energético del Plan de Vivienda 2026-2030 o de la convocatoria autonómica vigente.
  • Encargar el certificado de eficiencia energética inicial cuanto antes, ya que es la base documental de casi todas las ayudas y deducciones.
  • Consultar la ordenanza fiscal del ayuntamiento para no perder la bonificación de IBI o ICIO por no solicitarla en plazo.
  • Guardar todas las facturas y justificantes de pago, imprescindibles tanto para subvenciones como para la deducción en el IRPF.

Combinar correctamente estas ayudas exige trabajar con profesionales que conozcan la tramitación administrativa y técnica de cada programa. En el directorio de profesionales de ForConnect puedes encontrar especialistas en rehabilitación y eficiencia energética con experiencia en este tipo de expedientes. Y si tu comunidad ya tiene claro el tipo de obra que necesita, puedes pedir presupuesto para comparar opciones y empezar a planificar el proyecto con tiempo suficiente antes de que cambien de nuevo los plazos.

Tags: subvenciones, rehabilitación energética, Cataluña, IRPF, IBI, comunidades de propietarios